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Análisis

El fetichismo legal y sus métodos: ¿de qué hablamos cuando debatimos sobre prostitución?

Poner el foco en la legalidad oscurece cuestiones importantes para la vida de las trabajadoras sexuales o relacionadas con el control de las migraciones

Agustina Iglesias Skulj 7/03/2018

Malagón

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Prostitución sí, prostitución no. Trabajo sexual sí, trabajo sexual no. Estos son los términos en los que habitualmente se propone el debate y su rigidez impide que podamos pensar más allá de lanzarnos acusaciones de uno y otro lado. Como en otras cuestiones contemporáneas, parece que lo importante es sentar una posición clara y definitiva.

Lo primero que encuentras cuando comienzas a leer sobre prostitución es que los análisis se estructuran en función de la intervención estatal en el comercio sexual, lo que se conoce como los modelos legales. Es decir: el prohibicionismo –se sanciona a la persona que ofrece los servicios sexuales abarcando todos los intercambios–, el reglamentarismo –un régimen disciplinario que establece controles médicos y administrativos a la prostituta con la finalidad, por ejemplo, de evitar la transmisión de enfermedades venéreas–, el abolicionismo –que surge en respuesta al reglamentarismo– y la legalización –estrategias de descriminalización y reconocimiento de derechos laborales para las trabajadoras sexuales–. El abolicionismo considera que la prostitución es degradante en sí misma, por eso lucha activamente en contra de la legalización, y trata de penalizar las actividades de las personas involucradas, aunque no directamente a las prostitutas.

Los modelos citados habitualmente son utilizados para describir distintas etapas históricas en diversos países, pero no permiten dar cuenta de lo que sucede más allá de la rigidez del pensamiento jurídico que organiza la realidad entre “legal” o “ilegal”. Esta clase de análisis impide por ejemplo que podamos incluir los cambios socioculturales y económicos que se han producido en la concepción de la sexualidad. De modo que se da la paradoja de que si bien la sexualidad está cada vez menos influenciada por la moral, y por tanto es más libre y plural, cuando hablamos en el contexto de la lucha contra la trata sexual vemos que la consideración de la sexualidad cada vez está más normativizada y constreñida.

Además, el análisis de los efectos materiales de cualquiera de los modelos legales en el mercado sexual se suplanta generalmente por un fetichismo legal que, la mayor parte de las veces, tiene el efecto de acallar las voces de quienes están involucradas. Así como de erradicar la multiplicidad de experiencias vitales que se producen en los distintos tipos de mercados sexuales, y que llega a invisibilizar los intereses que hay detrás de estas legislaciones y a oscurecer los discursos sobre la cuestión. Sobre todo, las tensiones normativas que se dan entre lo supra/inter/nacional y su aplicación concreta y los efectos que generan en los distintos lugares. Este fetichismo también funciona para la conclusión opuesta. Se tiende a pensar que cualquiera de los modelos legales produce los mismos efectos en el momento de ser implementados aunque esto no sea así.

En el ámbito de la ley, el cuerpo sexuado de las mujeres –cis y trans– está constituido por una multiplicidad de elementos y categorías –delincuente, reproductor, transgresor, victimizado– que organizan determinadas relaciones de poder y cuestionan la pretendida univocidad del ordenamiento jurídico. No basta sólo con  criticar las prohibiciones legales, sino que es necesario analizarlas como una expresión que produce relaciones de poder provisionales y contradictorias y también hay que alejarse de los modelos idealizados que no nos ayudan a entender el fenómeno.

¿Se lucha contra la trata penalizando al cliente?

De la mano de la lucha contra la trata sexual, en el ámbito de la UE se han producido cambios importantes de los marcos legales que regulan las relaciones entre el sexo y el dinero que han tendido a estimular la penalización del cliente. Esta fue la respuesta del feminismo estatal sueco como una forma de lucha contra la trata, pero se dejó fuera la voz de las trabajadoras sexuales que no pudieron hablar de los efectos negativos que tiene sobre ellas y de la falsa asimilación de la prostitución con la trata sexual. Queda acallado en este debate que mientras se sancionaba esta ley, en Suecia también se discutía cuáles iban a ser las relaciones con la UE, fundamentalmente en términos de políticas migratorias. Al respecto, las organizaciones de trabajadoras sexuales denunciaron que uno de los peores efectos era la instrumentalización que se estaba haciendo de la protección de los derechos humanos de las mujeres contra la explotación para dar apariencia de legitimidad a las políticas de control migratorio del espacio europeo.  

La ley sueca (1999) penaliza con seis meses de prisión a quienes obtienen relaciones sexuales casuales a cambio de dinero, y deja asentado que no se busca criminalizar a quien voluntaria y autónomamente ofrece servicios sexuales. La penalización del cliente de servicios sexuales fue consolidándose en el sentido común como un respuesta eficaz contra la trata sexual –“sin clientes no hay trata”– a pesar de que no pudo determinarse qué tipo de efectos disuasorios reales tuvo esta ley. Los análisis acerca de su impacto nos indican que la oferta y demanda de servicios en el espacio público no han desaparecido sino que se han trasladado al ámbito privado o a lugares más alejados de los centros urbanos. Aun cuando se haya producido una diversificación de las maneras de publicitar y acceder a servicios sexuales, la aplicación de este modelo ha conducido a mayores niveles de indefensión y clandestinidad para las prostitutas a las que se en principio se dice que se intentaba proteger.

La criminalización de la demanda se ha complementado con una red de dispositivos para que la trabajadora sexual abandone esta actividad. Se trata de una amalgama de técnicas disciplinarias y asistenciales que promueven el “empoderamiento” de las mujeres para que encuentren otra forma de subsistencia más “digna”. Mientras que aquellas mujeres que se empoderan mediante la reivindicación del trabajo sexual, son sometidas a mecanismos punitivos tales como la expulsión –en el caso de mujeres migrantes– o la pérdida de la tenencia de sus hijos, o directamente se las responsabiliza de explotar sexualmente a otras cuando se organizan en formas de trabajo cooperativas.

Además de penalizar a los clientes, desde finales de los 90, las reformas legales respecto del sexo comercial tienen en común la persecución y exclusión de quienes ofrecen servicios sexuales en ámbitos públicos y privados bajo criterios tanto de gentrificación –se intenta expulsar a las trabajadoras sexuales del espacio público que se quiere revalorizar–, como  de seguridad ciudadana y en definitiva operan conjuntamente con la criminalización de las migraciones a través del discurso de la lucha contra la trata sexual.

La lucha contra la trata y la persecución de las migrantes

Hay varios tipos de trata considerados como delito:  la trata laboral o trabajo forzoso, los matrimonios forzados, la mendicidad obligada, etc. En el Estado español, la mayoría de las víctimas de trata (el 75%) se contabiliza en ámbitos ajenos al mercado sexual, aunque sus condenas solo representan el 10% del total. El 92% de las sentencias están relacionadas con la finalidad de explotación sexual, lo cual revela la escasa importancia de la lucha efectiva contra la explotación laboral. No ha habido voluntad política de perseguir otras formas de trata, ni tampoco de definir qué significado y alcance tiene el término “explotación”, más allá de la relaciona con el trabajo sexual. Ello ha conducido a que se de un mayor número de mujeres –tanto nacionales como migrantes– que de hombres condenadas por el delito de trata sexual, aunque se supone que es el sujeto que las leyes buscan proteger de los abusos. Frente a un derecho laboral flexibilizado y precarizado, incidir en la trata sexual ignora los abusos de las mujeres migrantes que se dedican a las tareas informalizadas en el  mundo de los cuidados o de la agricultura. Reducir el mundo de la “trata” –que muchas veces simplemente es una manera de describir las relaciones entre migrantes y mercado de trabajo– a la trata sexual es una manera de dejar de lado la discusión sobre la degradación de los derechos laborales de todas, migrantes y no migrantes.

En el caso de la regulación del espacio público y su relación con la gentrificación, a partir de la resolución del Parlamento Europeo de 2014 donde se promueve la penalización del cliente, en el Estado español a nivel municipal se han aprobado ordenanzas similares –a las que hay que sumar las modificaciones introducidas por la LO 4/2015 de Seguridad Ciudadana–. Con anterioridad, las ordenanzas municipales sancionaban la oferta de servicios sexuales en tanto y en cuanto perturbaran el espacio de convivencia colectiva. Por ejemplo, las ordenanzas de Sevilla (2011) y Barcelona (2012) ya empezaron a penalizar la figura del cliente y ampliaron los supuestos para la criminalización de su oferta en el espacio público, incluso sin que se produzca una perturbación de la tranquilidad de la ciudadanía. Estas sanciones a menudo vienen acompañadas de programas “de integración”. En el ámbito del ayuntamiento de Barcelona existe la Agencia para el Abordaje Integral del Trabajo Sexual, encargada de dictar cursos de inserción laboral a quienes quieran abandonar el trabajo sexual o a quienes, en lugar de pagar las multas por las infracciones menos graves, opten por realizar estos talleres. Aquí, no solo persiste la sanción hacia quien ofrece servicios sexuales en el espacio público, sino que además se edulcora la prohibición con medidas educativas/asistenciales para estimularlas a que opten por trabajos precarizados y feminizados y abandonen el trabajo sexual.

En Sevilla, con el objetivo de acabar con la trata sexual y la prostitución se desalientan las imágenes discriminatorias contra las mujeres en el espacio público a través de la criminalización de los clientes, y se impide la promoción o facilitación del consumo –panfletos, anuncios, taxistas, etc.– estimulando el vigilantismo de la ciudadanía.

Colectivos de trabajadoras sexuales –Prostitutas Indignadas, Hetaira, Colectivo de Prostitutas de Sevilla– han denunciado reiteradamente que a partir de estas ordenanzas habían empeorado sus relaciones, siempre conflictivas, con la policía, sobre todo local, que ahora se encontraba legitimada para perseguirlas y acosarlas. También hicieron hincapié en que las ordenanzas no habían implicado un cambio sustancial en relación a las multa porque todavía se las castiga más que a los clientes, aunque sí dificultan su presencia en el espacio público.

Por su parte, la Ley de Seguridad Ciudadana –LO 4/2015– establece la criminalización de la demanda como presupuesto rector. Con anterioridad, cada ayuntamiento tenía la facultad de dictar sus propias normas en materia de prostitución. Esta ley introdujo un artículo –el 36.11– que dispone que las fuerzas de seguridad “requerirán” a quienes prestan servicios sexuales que se “abstengan” de hacerlo, dejando expresamente claro que cualquier conducta que cuestione ese requerimiento va a ser castigada por “desobediencia”. De esta manera se facilita la arbitrariedad policial por parte de quienes la ley considera víctimas y esta “desobediencia” puede ser castigada con la misma pena que el cliente –hasta 30.000 euros–. En el caso de las migrantes no regulares los efectos pueden ser aún más nefastos ya que esta infracción puede implicar la expulsión del territorio.

La insistencia en que este modelo no criminaliza a las trabajadoras porque va dirigida a la demanda, ofrece altos niveles de fetichismo normativo y pedagógico. Este esquema despolitiza y devalúa el delito de trata, dado que solo es factible cuando se apela a un solo tipo de demanda, la sexual. Desde esta perspectiva se invisibilizan la multiplicidad de sexualidades y formas de agenciamiento que se dan en el mercado sexual, por ejemplo, el aumento considerable de mujeres o transvarones que demandan este tipo de servicios, o las posibilidades de mayor autonomía y mejores ingresos que proporciona el trabajo sexual si se compara con el cuidado de personas mayores o niños, o con las tareas domésticas remuneradas.

El modelo sueco y su proyección internacional también demuestran una problematización típicamente neoliberal de la trata sexual que responsabiliza a un sujeto patologizado de la existencia de la trata –“sin clientes no hay trata”, tal como rezan las campañas– creando nuevas jerarquías de masculinidad. Sin embargo, la situación actual describe una órbita expansiva y un cambio fundamental en el trabajo sexual y en las formas de explotación, como parte de la transformación de las formas productivas generizadas del mercado de trabajo en permanente degradación, y de los efectos nefastos de las políticas que criminalizan la migración.   

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Agustina Iglesias Skulj es criminóloga transfeminista @keidivishon

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5 comentario(s)

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  1. invitado

    Lo mismo le estaba escribiendo el otro día agradecido, Revolución t., y se me cortó en el intento: qué bien expresado. A mí se me ocurría recordar que no podemos olvidarnos de que lo de cambiar la vida por tiempo contable, y las unidades de éste por dinero, es la regla, y no ninguna excepción en este régímen del dinero que nos ha caído encima y nos toca padecer (y que si algo es la prostitución es tal vez un caso extremo por los sangrantes niveles de explotación y autoexplotación y perrerías a los que suele dar lugar, no un caso cualitativamente distinto de lo que el sistema hace con "el material humano" del que se alimenta). Y luego ya, en forma de lema, ofrezco el siguiente, recordando en primer lugar el los posibles sitios reservados para la Mujer el viejo orden, y sin despistarnos de lo que pretende el nuevo hacernos pasar por progreso (progreso del capital, eso sí): ni senhora, ni puta ni monja, ni soldado, ni ejectutiva!

    Hace 6 años

  2. Sandra

    Muy bien dicho, "Revolución televisada", estoy totalmente de acuerdo contigo. Lo has argumentado perfectamente.

    Hace 6 años

  3. k

    El mercantilismo machista, vende la prostitucion como libertad por que le interesa comerciar con ello y d elibertad para las mujeres justito lo que le interesa al machismo cappitalista.

    Hace 6 años

  4. v

    la PProstitucion da alas al machista que está sin empatia humana ni respeto a la mujer La PProstitucion sirve de financiacion a la ultraderecha...y el PP la ha metido en el Pib...por algo... La PProstitucion es como una violacion pagando con algo menos violencia pero igual d desprecio La mayoria de las pputas estan esclavizadas contra su voluntad, no es legalizarlo por que ni aun siendo legal habria putas por que las que hay son engañadas y las que no lo estan preferirian trabajar en otra cosa en vez de aguantar babosos , aun ganando un pastón. Hay un mito que dice que las putas salen mas baratas que una pareja, pero es falso, y lo dicen los que no saben lo bueno que es dormir acompañado ademas las mamadas son mas y mejores si hay respeto ternura afecto etc cosa que los pputeros no parecen tener.

    Hace 6 años

  5. Revolución televisada

    Más allá del negocio vinculado a prohibir o permitir la prostitución, lo que se debería plantear el Movimiento Feminista es hasta qué punto defender posturas totalmente antagónicas (prostitución sí/prostitución no, capitalismo sí/capitalismo no, velo sí/velo no, etc.) son compatibles con el objetivo pretendido de liberar a la mujer. El feminismo de la igualdad de raíz ilustrada por un lado y el feminismo de la diferencia (con todas las variantes posmodernas asociadas) por otro, trazan caminos totalmente divergentes para pretendidamente llegar a un mismo fin: lograr la igualdad de todos los seres humanos. Al igual que la Iglesia católica -fiel a su calculada ambigüedad secular- barre de izquierda a derecha incorporando desde la Teología de la Liberación hasta el Opus Dei, al parecer en el Movimiento feminista también todo cabe, desde cajeras explotadas hasta empresarias explotadoras, pasando por marquesas, duquesas, burguesas, precarias y hasta alguna monja despistada. El feminismo es así fagocitado por el capitalismo que hace suyas sus reivindicaciones (no hay más que poner la tele y ver todo el espectáculo desplegado en torno al 8M). Por eso, bien haría el Movimiento Feminista en guiarse un poco más por el feminismo de la igualdad, ilustrado y anticapitalista y en sacudirse al feminismo posmoderno (con todo su “tutti-frutti” de variantes incluidas absurdas performances en galerías de arte) que no entiende de ideologías y olvida la cuestión clave de clase social o mantiene incongruencias como defender la religión cuando es una de las fuentes principales del patriarcado.

    Hace 6 años

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