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La reforma inminente de la Constitución

En 2010, el Régimen del 78 inició un proceso constituyente y desde entonces se está dibujando el nuevo Estado sin bienestar

Guillem Martínez 7/12/2016

<p>Monumento a la Constitución española de 1978</p>

Monumento a la Constitución española de 1978

Fernando Carrillo S.

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Bueno, desde hace unas semanas, el consejo de ancianos de la tribu ha empezado a emitir señales en prensa sobre la necesidad de reformar la Constitución. Lo que, en una cultura vertical, en la que la prensa tiene el rol de comunicar las señales que les indican en el piso de arriba, equivale a pensar que la reforma constitucional está a punto de caernos en la frente. La próxima legislatura, a lo sumo. Es decir, cualquier día. La tradición, además, iniciada en 1977 y prolongada en 2010, es que aquí las constituciones se hacen por sorpresa ¿Qué es lo que se va a reformar? ¿En qué va a consistir esa reforma?

Se va a reformar, así, un producto de la Guerra Fría mundial y, me temo, de la postguerra calentita local

Se va a reformar, como su nombre indica, la Consti. Pero la pregunta qué-es-lo-que-se-va-a-reformar no es baladí. De hecho, y este es el origen de la reforma, no se va a reformar la-constitución-que-ha-garantizado-el-mayor-periodo-de-prosperidad-en-la-Historia-de-España, nombre artístico del texto, sino algo que ya recibe más nombres y meditaciones, no canalizadas por la prensa, el medio habitual en el que las sociedades hablan de sí mismas. Se va a reformar, así, un producto de la Guerra Fría mundial y, me temo, de la postguerra calentita local.

Se va a reformar un texto constitucional post-45, homologable a otros textos europeos, si bien, aún así, posee ciertas originalidades. Es la Constitución con menos soberanía sobre tratados comerciales e internacionales, sensible de integrar al Estado donde le digan --pack Guerra Fría--, en la que el articulario militar, según informaron en su día políticos cercanos al redactado, fue remitido en sobre cerrado a los ponentes por el estamento militar --pack postguerra calentita--. También, en ese sentido, posee más astucias posfranquistas de las éticas y estéticas: la forma del Estado y el concepto de Soberanía Nacional los asume de textos anteriores. Concretamente, de la Ley para la Reforma Política, que a su vez los recoge del Fuero de los Españoles y de la Leyes Fundamentales del Movimiento. Alehop. Recoge, sí, derechos individuales y colectivos, que en el mundo urbano ya habían sido conquistados a la dictadura, y sin los cuales, además, no hubiera colado una monarquía posfranquista en el ámbito internacional. Por otra parte, el texto garantiza derechos fundamentales, sí, pero no tiende a desarrollarlos. Aporta, no obstante, una herramienta ferozmente radical, y jamás desembalada: la partícula "social" del artículo 1, en la que se fija que España es un Estado democrático y de derecho. Pero, ojo, social. Con la partícula social --invertíamos tres meses en ello en la facu; por lo visto, perdidos--, se prima la orientación social de los recursos del Estado. Es posible así, por ejemplo, nacionalizar las eléctricas, en caso de que no puedan satisfacer sus servicios a un precio razonable. O humano. Por lo demás, y quizás esto es lo más importante y novedoso, es un texto que garantiza el Bienestar. Lo recoge, prácticamente, de la Carta de la RFA. Quizás es su compromiso más determinante y longevo --duró hasta 2010--. Se trata, es opinable, de una suerte de os-damos-bienestar-y-nos-quedamos-con-todo-lo-demás. No obstante, el tramo de Bienestar no está exento de tensiones. El primer recorte de derechos --es decir, la primera interpretación restrictiva del tramo social de la Consti-- es de la primera legislatura socialista. En la que, por otra parte, se ¿nacionaliza? Rumasa, cuidándose mucho de invocar el artículo primero.

Esta descripción del texto a reformar anuncia ya que el texto a reformar no es tan importante como la interpretación que lo ha mediatizado. Que, tal vez, sea la voluntad que menos cambios ha sufrido en estos 40 años. Sea como sea, desde un principio, el texto fue sometido a una interpretación y a una propaganda que, por lo demás, no coinciden. "La-constitución-que-ha-garantizado-el-mayor-periodo-de-prosperidad-en-la-Historia-de-España" no es tanto una Constitución, sino los fondos de compensación europeos, que incluso llegaron a meter a España en el G-10. Posiblemente, sí, llegaron a España por la Constitución, tan satisfactoria a cualquier tipo de integración --incluso, snif, el actual--. "El-Estado-más-federalizante-de-Europa", con el que se resumía el título territorial, con la sentencia al Estatut de 2010, resultó ser un "Estado unitario, con descentralización administrativa". La partícula social nunca se sacó del precinto, en lo que es una severa interpretación del texto. En cuanto a los tramos de Bienestar, los fragmentos más vigorosos del texto desaparecieron --como un ninja, zas-- en 2010.

Cabe suponer que la reforma inminente de la Constitución no dibuja las funciones reales del Estado que, desde 2010, no pasan por el Bienestar

Cabe suponer que la reforma inminente de la Constitución --necesaria; la Constitución, que no era nada del otro jueves, no sólo no se parece a la interpretación realizada de ella en los últimos años, sino que no dibuja las funciones reales del Estado que, desde 2010, no pasan por el Bienestar, la forma de democracia en Europa durante décadas-- consistirá, me temo, en la prolongación de su interpretación. Es decir, de su parte más sólida e invariable. En los tramos sociales, de derechos y territoriales. También consistirá, glups, en ir adecuando el texto a la crisis democrática de Europa, ese compendio de instituciones no democráticas que no han abierto la boca de la cara ante la ley mordaza, como no la abrieron ante el despiece de Grecia o, no mucho, ante la política creativa de Hungría y Polonia.

En 2010, vamos, el Régimen del 78 --o de 2010, que no lo sé-- inició un proceso constituyente. A pesar de la torpeza --deberían haberlo cerrado cuando el bipartidismo existía--, no les va mal. Desde 2010 están dibujando, cada día, el nuevo Estado. Sin Bienestar, con golpes autoritarios, plegado a la empresa y a instituciones no democráticas. Recentralizante. Restrictivo de derechos.
Las izquierdas deberían ponerse las pilas, y empezar a emitir, cotidianamente, como ellos, otro Estado. O nuevamente asistirán a un proceso constituyente en calidad de sparring.

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Guillem Martínez

Es autor de 'CT o la cultura de la Transición. Crítica a 35 años de cultura española' (Debolsillo), de '57 días en Piolín' de la colección Contextos (CTXT/Lengua de Trapo) y de 'Caja de brujas', de la misma colección. Su último libro es 'Los Domingos', una selección de sus artículos dominicales (Anagrama).

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10 comentario(s)

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  1. Desasosiego

    Gracias Jesús. De todas maneras prefiero pedir permiso. En breve contactaré con vosotrxs. Saludos

    Hace 7 años 3 meses

  2. Jesús Díaz Formoso

    Desasosiego: en ausaj.org tenemos un formulario de contacto (columna izquierda, abajo). Saludos

    Hace 7 años 3 meses

  3. Jesús Díaz Formoso

    Desasosiego: En AUSAJ no tenemos propiedad intelectual. Eres libre –tu y cualquiera- para usar el material del video (o de cualquier artículo de ausaj). Recogemos ideas del aire, las elaboramos y las devolvemos a la noosfera común. Aquí tienes http://ausaj.org/francisco_molero , además, toda la información procesal, así como la utilizada en la Demanda al TEDH y en el Docu (sólo hemos borrado los datos personales de terceros). Gracias.

    Hace 7 años 3 meses

  4. Desasosiego

    #Jesús Díaz Formoso. He visitado (rápida y brevemente, pues me tengo que ir) el enlace que recomiendas y el de AUSAJ. Me gustaría saber si puedo contactar contigo directamente para pediros permiso para usar algo del material referido a Fran Molero. ¿Quizás a través del Blog de AUSAJ os puedo dejar mi correo? Salut i llibertat

    Hace 7 años 3 meses

  5. Jesús Díaz Formoso

    Desasosiego: Gracias por el interés. Es recíproco. En cuanto al enlace de Vimeo, me comunican de AUSAJ que dejará de albergar el documental, que se podrá visionar desde puntocritico.com - con la misma referencia de los minutos dedicados al TC. Saludos

    Hace 7 años 3 meses

  6. José Manuel

    No solo ha habido una recentralización volviendo a un Estado Unitario en lo político sino también lo ha hecho en la descentralización administrativa. En lo político a la Administración Andaluza le quitó el TC las competencias de nuestro río grande y vertebrador de Andalucía el Gualdalquivir reconcocidas en la reforma del Estatuto de Andalucía Andaluz de 2007, pero aquí no acaba la cosa sino que también ha entrado en la descentralización administrativa por ejemplo con las tasas de resposición en educación y sanidad de tal manera que el TC ha anulado unas oposiciones para Docentes porque rebasada en 1000 plazas la tasa de reposición impuesta por la Administración Central; pudieramos sumar el copago farmacéutico, los innumerables recursos a las subastas de medicamentos presentados como no podía ser de otra forma por el Gobierno del Estado Español, y creo que se pudieran enumerar bastantes cosas más como la imposición de las 37 horas y media semanales a las Administraciones Autonómicas, siendo éstas combidados de piedra en el asunto. En fín y en resumen que no solo ha habido una recentralización en lo político sino también en la gestión administrativa de las competencias, haciendo uso para ello la Administración Central del abuso de las leyes bases así como un uso continuado del TC.

    Hace 7 años 3 meses

  7. Jesús Díaz Formoso

    Abundando en lo expuesto sobre la inhibición del Tribunal Constitucional en la defensa de nuestros derechos fundamentales, minutos 50 a 52 de este video: https://vimeo.com/194943328 (que a petición de varios diputados se presentará en la escalinata del Congreso de los Diputados el próximo día 13 de diciembre a las 11 horas (con asistencia de Fran Molero), en la que abogados de AUSAJ responderán a las preguntas que, acerca del proceso de Fran, puedan formular los periodistas, si es que asiste alguno. Es historia contemporánea - del 25S al 25A, la condena de Fran Molero, aplicación de la doctrina del Derecho Penal del Enemigo. Salud y libertad

    Hace 7 años 3 meses

  8. Enri

    Pues eso, después de tantos años y tantos cambios, esa Constitución Española debe ser estudiada y cambiada.---Por tanto adelante.----como debe ser.----!!!!

    Hace 7 años 3 meses

  9. Desasosiego

    Interesante el artículo de Guillem Martínez e interesante el comentario de Jesús Díaz Formoso. Sobre el artículo, poner énfasis en el hecho de que la Constitución no dice lo que se lee en ella, sino que dice lo que unxs señorxs interpretan que dice en ella. Señorxs que, recordemos, han sido elegidxs por lxs políticxs de turno al servicio de unas determinadas ideologías, el capitalismo más rampante y el patrioterismo españolista más simplón.// Respecto del comentario de Jesús, añadir a lo que dice que ese 1% de recursos de amparo que ¡¡por fin!! El TC reconoce que admite a trámite contrasta con el 70% de recursos de inconstitucionalidad y cuestiones de inconstitucionalidad que admite a trámite. La causa de ello cabe buscarla en que los recursos de amparo los ponen particulares sobre sus derechos fundamentales vulnerados, mientras que los recursos de inconstitucionalidad los interponen sus Señorías, lxs mismxs que nombran a los miembros del TC.// Además, del 99% de recursos que son inadmitidos a trámite, hay que remarcar que el TC pretende que son indmitidos por “defectos de forma”, cuando lo cierto es que más del 90% de esos recursos son inamitidos por, presuntamente, “constatar la inexistencia de derechos fundamentales tutelables en amparo”, constatación que implica que se han metido en el fondo del asunto y han juzgado. Sin embargo no motivan cual esa “constatación” a lo que estarían obligadxs por el propio artículo 24.1 y 24.2. Ello les permite, en virtud de la LOTC, saltarse la Constitución con total impunidad a la vez que desmontan el Estado del Bienestar como denuncia Guillem, que al final es lo que se defiende esos recursos de amparo inadmitidos.

    Hace 7 años 3 meses

  10. Jesús Díaz Formoso

    Que güay, vamos a reformar la Consti; esa que nos reconoce, con grandilocuencia, semblantes serios y fortaleza en la pronunciación: “Nuestros Derechos”. ¿O será más bien, algo así: “Mis Derechos”? Sea como fuere, les llamamos “Derechos”. Derechos como el derecho de Manifestación, cuyo ejercicio lícito nos puede ocasionar tortura y cárcel. O como el derecho a la Intimidad y a los Datos Personales; que creemos “nuestro” y en realidad es de las Corporaciones de Capital anónimo (esas personas de papel, ficticias, mero Estatuto, tinta y papel; esas que siempre imponen sus derechos de cosa anónima sobre los nuestros, sobre los Derechos de las personas de carne y hueso; esas que sangran y todo eso del Mercader de Venecia), viva el Big data, te facilita la vida, porque nos permite conocer –y satisfacer inmediatamente- tus deseos (esos deseos que se agotan en si mismos con su rrealización y nos suben un escalón más en la lucha contra todos los demás; egos vencedores y egos vencidos; política del nuevo milenio); te despojamos de tu intimidad, pero es por tu bien, gilipollas. Derechos como el Derecho a la Libertad de Información; es decir, a recibir INFORMACIÓN VERAZ, como cemento consolidador del Estado Democrático de Derecho que posibilita la existencia y desarrollo de una “sociedad libre y plural” (es una cita de un chiste muy conocido que empieza por “El Tribunal Constitucional, garante de los Derechos Humanos” .. y que nunca se puede acabar de contar por las risotadas que causa en la audiencia su primera frase).. O como el Derecho al Juicio Justo, cuya interpretación por el Tribunal Constitucional (o Constituyente, no lo tengo claro) nos ha llevado a que la Indefensión que prohíbe terminante y reduplicadamente el Artículo 24 – 1º de la “Constituta” no se produzca cuando no te puedes defender (STC 14/1992, del Pleno; la primera en la frente), sea el régimen legal aplicable a los Juicios Ejecutivos, como los Desahucios arrendaticios o los procedimientos hipotecarios. Esa es la razón, absolutamente opacada por la omnipresencia mediática e institucional de la PAH y el Hada que es su profeta, de la crisis hipotecaria: NO NOS DEJAN DEFENDERNOS. // En suma, que en un entorno jurídico en el que CARECEMOS DE DERECHOS HUMANOS, ¡¡VAMOS A CAMBIAR LA CONSTITUCIÓN!! Brindis al Sol. Sin Libertad de Información (es decir, sin la posibilidad de recibir Información Veraz), vamos a votar bien, pero de cojones. Vota por el Yeti, o por Quasimodo, que solo desean tu bienestar, y tal. En realidad, entre los derechos Humanos, en su versión del nuevo milenio, podemos incluir el DERECHO FUNDAMENTAL A GANAR LA LOTERÍA. NO, no es de broma. El Tribunal Constitucional ya “ha logrado” admitir solo el 1% de los Recursos de Amparo, última garantía de la efectividad de “nuestros” Derechos Humanos (Fundamentales del artículo 14 al 29 de la Consti). Pues Loterías del Estado –próximamente, del Kapital global- dedica a premios mucho más del 1% Ergo, tenemos, en la práctica, más derecho a que nos toque la lotería que al Juicio Justo y a la Libertad de Información juntas. Quizás el próximo Constituyente nos pueda aclara que nombre deben recibir los Derechos que carecen de cauce para su ejercicio (salvo que seas de los del 1%, aclaro, para evitar reocupaciones a los Botin, Aliertas, Albertos, Saenzs, etc…). LOS DERECHOS SON DE PAPEL. // Uno se pregunta –no es de coña- cuál será la razón de querer modificar ahora una Constitución que llevan casi “otros” 40 años pasándose por el forro TODOS los Poderes Públicos (esos que velan por el poder privado de los del 1%), tan alegremente, en la más absoluta impunidad (impunidad de “ellos”, que es inopia para “nosotros”, los esclavos, digo el pueblo). No respondo para no atemorizar aún más a los lectores, si es que los hubiere.

    Hace 7 años 3 meses

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